| |
SUPLEMENTO ASTURIAS
- ENERO 2005
ASTURIAS
OPINA
EL TRIUNVIRATO DEL
PARQUE NACIONAL DE LOS PICOS DE EUROPA
La sentencia reciente del
Tribunal Constitucional sobre los Picos de Europa reconoce que las
competencias de gestión de este enclave medio ambiental son
exclusivamente de las comunidades autónomas que lo comparten. Hemos
querido recoger algunas opiniones al respecto preguntando:
¿Qué
repercusiones tendrá esta sentencia en la gestión de este entorno
natural? |
Amador Fernández
Presidente G.M. Torrecerredo
"Las Comunidades Autónomas que tienen parte de su territorio en el
Parque de los Picos de Europa, hasta ahora, no demostraron ponerse de
acuerdo en pequeños temas, de modo que como para ponerse de acuerdo en
llevar adelante en solitario dicho Parque Nacional. La verdad es que no me
fío de las Comunidades, porque me parece que van a poner como prioritarios
los intereses de cada una de ellas por encima del propio Parque. Siempre
vimos que la zona leonesa nunca quiso el Parque, quizá los asturianos
estemos más sensibilizados con él, o por lo menos da la sensación de que se
tiene otra valoración y consideración. León estuvo siempre en contra del
Parque, como Cantabria, que ha sido la que más impacto medioambiental
provocó, con el teleférico y las actuaciones que hicieron en Picos. Por
tanto, desde mi punto de vista como montañero, no me fío de lo que puedan
hacer las comunidades autónomas. Y no olvidemos que hay una población
importante dentro del propio Parque, lo que eso complica mucho más la
gestión que en otros lugares". ∆
"No me fío de
las Comunidades, porque me parece que van a poner como prioritarios los
intereses de cada una de ellas por encima del propio Parque"
Fructuoso Pontigo
Portavoz de la Coordinadora Ecoloxistas d'Asturies
"Nosotros pensamos que esa sentencia es perjudicial para los
espacios naturales, incluso creemos que va a ser el final de muchos de
ellos. Una vez más la justicia da la espalda al medioambiente.
Hace nueve años el Tribunal Constitucional planteaba claramente otra cosa
bastante distinta a la que ahora se ha acordado, y además, las sentencias
del Tribunal Constitucional no se pueden recurrir.
Las repercusiones más grandes de todo esto van a ser para el Parque de Picos
de Europa, porque está gestionado por tres comunidades autónomas, y las tres
vienen sometiendo al espacio a muchísimas agresiones. Asturias construyó un
funicular, Castilla y León sigue consintiendo la pesca deportiva y ha hecho
dos embalses en zonas próximas, y Cantabria ha aumentado el tamaño del
teleférico y tiene en proyecto un segundo teleférico. Con lo cual, si hasta
ahora la única limitación era la competencia estatal, el que esa competencia
desaparezca, facilita las barbaridades que se vienen cometiendo
habitualmente, o sea, que esto no es nuevo para nosotros.
Un Parque Nacional es un marchamo de calidad que tiene repercusiones a nivel
internacional. No hay que olvidar que tanto en Asturias como en Cantabria es
el lugar más visitado. Son muchos los turistas que vienen atraídos por la
figura del Parque Nacional. Si esa figura se la cargan, que es lo que se
pretende con esta sentencia, puede haber problemas a medio y largo plazo,
porque la gente verá que ese espacio ya no es lo que era.
Con todo esto nosotros planteamos que tiene que haber otros modelos de
desarrollo, que el que se nos ofrece no es de futuro, es un modelo de
'aprieta lo que puedas', pero claro, a corto plazo. Nosotros apostamos por
otra forma diferente de ver los entornos, siendo conscientes de que está
claro que va a haber un aprovechamiento turístico. Las infraestructuras
deben generarse alrededor del Parque, no en él". ∆
"Esa sentencia
es perjudicial para los espacios naturales, incluso creemos que va a ser el
final de muchos de ellos"
Angel García
Alcalde de Amieva
"Me parece muy bien, porque esto fue lo que siempre defendimos y es
poner las cosas en su sitio. El Estado no puede emitir decretos, como había
venido sucediendo, haciendo una competencia desleal de unas autonomías
contra otras. No se puede negociar con Cataluña que en la gestión del Parque
de Aigüestortes tenga competencia exclusiva la autonomía y después, en otras
autonomías que también tienen Parques Nacionales, decretar leyes en las que
el propio Estado absorba competencias de las autonomías. Ahí hay un
precedente, en cuanto a la negociación del Estado con las autonomías, que es
coherente con el fallo porque está en línea con lo que el gobierno del
Estado aprobó en su momento, más por apoyos políticos que por cuestiones
medioambientales. Lo que es inconcebible es que en unos sitios el Estado dé
prebendas a unas autonomías con el plan Rector de Uso y Gestión, y a otras
les quite competencias y derechos constitucionales. Y eso es lo que estaba
sucediendo. Por eso nos parece muy bien que haya habido esta sentencia del
Tribunal Constitucional, dando la razón a lo que estábamos planteando. Esto
supone una invitación a las autonomías, a que se pongan de acuerdo y a que
se estrujen la cabeza a ver de qué forma se tienen que coordinar, bien que
haya un Plan de Uso y Gestión que sea consensuado o bien que cada autonomía
elabore su plan Rector de Uso y Gestión. Lógicamente el Estado tiene que
estar tutelando en las competencias básicas medioambientales para que
ninguna autonomía se salga de madre.
Por otra parte, sería importante que hubiese un sólo director que
coordinase, aún en el caso de que se lleguen a establecer tres planes
rectores de uso y gestión. No queramos fracturar más de lo que se ha
fracturado el Parque hasta el momento presente". ∆
"Lo que es
inconcebible es que en unos sitios el Estado dé prebendas a unas autonomías
y a otras les quite competencias y derechos constitucionales"
Bernardo Fernández
Profesor de Derecho Comunitario
en la Universidad de Oviedo
"La sentencia implica claramente un reconocimiento de la competencia
exclusiva de las comunidades autónomas en la gestión de los Parques
Nacionales. Entonces, si bien la sentencia es muy clara y relativamente
sencilla de llevar a la práctica en los Parques Nacionales que extienden su
territorio en una sola comunidad, plantea serias dificultades en los parques
intercomunitarios. Creo que en principio, si no hay una cooperación real
entre comunidades autónomas y Estado, entraña el riesgo de quebrar el
principio de tratamiento homogéneo y de unidad de gestión, de un parque que
en realidad se configura como una unidad medioambiental. Esto plantea una
necesidad de encontrar fórmulas que concilien la gestión del Parque como un
todo, porque por eso se declara Parque Nacional. Es decir, el desafío es
gestionar el Parque como un todo, y conciliar eso con la coexistencia de
tres comunidades autónomas que pueden mantener criterios diferentes. Creo
que la sentencia hay que interpretarla en el sentido de que, en realidad, la
propia unidad del Parque postula un plan de uso y gestión para todo el
Parque, y en la medida de lo posible, una cogestión entre las comunidades
autónomas de éste, sin perjuicio de que determinados aspectos de la gestión
administrativa se pueda llevar de modo exclusivo por cada comunidad
autónoma.
La ejecución normativa, el establecimiento de unas reglas, debe ser única
para todo el Parque y debe estar aprobada por acuerdo de las comunidades
autónomas. Y esto se puede llevar a la práctica necesariamente previo
acuerdo de las comunidades autónomas en un convenio intercomunitario. Este
convenio intercomunitario por ejemplo, está previsto en el Estatuto de
Autonomía en el artículo 21.
En el caso de que las comunidades autónomas no lograran ponerse de acuerdo,
creo que la sentencia deja claro que se trataría de un supuesto excepcional
que admite la intervención de la potestad de coordinación del Estado. La vía
de solución pasa por un acuerdo entre las comunidades autónomas y esa
interpretación que defienda ciertamente la doctrina jurisprudencial, la
doctrina del constitucional de la competencia exclusiva, pero esa
competencia exclusiva debe conciliarse con el hecho de que se aplica en un
territorio que está concebido como una unidad y esa unidad es algo más que
la suma de las partes y por tanto, debe tener un plan de uso y gestión
único; lo cual no implica uniformidad en el tratamiento del uso del espacio.
El Parque Nacional de Picos de Europa no es una confederación de tres
parques. Picos de Europa es un espacio que exige un acuerdo de tres
comunidades autónomas en la gestión, y un acuerdo del Estado en la
declaración. Al Estado le corresponde además, en el Plan Director que es una
norma de ámbito estatal básico, establecer los criterios generales de
protección de los parques nacionales. Ese es otro elemento que habría que
explorar.
La idea central es que un Parque Nacional intercomunitario es eso, un único
Parque Nacional. No es una confederación de parques, no es la suma de tres
Parques Naturales de las comunidades autónomas que intentan cooperar entre
sí, sino que es una unidad". ∆
"La ejecución
normativa, el establecimiento de unas reglas, debe ser única para todo el
Parque y debe estar aprobada por acuerdo de las comunidades autónomas"
Ignacio González
Portavoz de Los Verdes
"El caso de este Parque Nacional es
muy singular, porque posiblemente sea el único que es territorialmente
compartido. Nosotros lo vemos con cierta preocupación desde el punto de
vista de los diferentes usos que cada comunidad autónoma estable en el trozo
de territorio que le corresponde. Posiblemente necesitaríamos una alta
coordinación entre las tres comunidades autónomas y establecer un
instrumento de gestión compartida sobre los usos del Parque, que es muy
diferente en cada territorio. León por ejemplo siempre ha hecho una apuesta
importante por el tema de la caza, y Cantabria ha provocado en ocasiones
polémica por el uso, y a veces sobreabuso, de la gestión desde el punto de
vista turístico. No obstante, creo que tiene que haber un consorcio de
servicios que agilice muchas respuestas y un instrumento de gestión tutelado
por el organismo que a nivel de Estado gestiona los Parques. Una cosa es que
las competencias sean nuestras y otra cosa es que tiene que haber un modelo
único de gestión, que es obligatorio; por tanto, que se cree un instrumento
de gestión compartido entre las tres comunidades autónomas que determine el
establecimiento de recursos y servicios compartidos. Mucho nos tememos que,
si no hay un modelo de gestión único, va a haber un uso bastante abusivo
según el uso que cada territorio decida dar al Parque.
Desde el Estado creo que se debe haber contemplado la peculiar situación de
este Parque, porque es el único territorialmente compartido, los demás están
en territorios específicos. En Asturias ya sabemos cuál es la tendencia del
modelo de gestión, y siempre hubo una presión por parte de la Administración
para dotarlo de usos turísticos, y ahora que es gestión específica del
Principado de Asturias creemos que eso va a ir a más. Hay desgraciadas
experiencias en algunas comunidades autónomas de sobreactuación en términos
turísticos en Parques Nacionales, y en Asturias ése es el modelo.
Acordémonos de aquella propuesta que había de la autovía a Ribadesella. No
era una propuesta inocente, tenía mucho que ver con la incorporación masiva
de turismo al Parque Nacional de Picos de Europa. Eso va a ser un problema
significativo aquí en Asturias.
Una entidad de gestión compartida que definiera los usos entre las tres
comunidades yo creo que sería lo más interesante, pero claro, esta sentencia
no tiene marcha atrás, a partir de ella ya no hay más que discutir. Habrá
que estar muy vigilantes. Yo quiero ser optimista y pensar que las tres
comunidades autónomas se pondrán de acuerdo en un modelo de usos" ∆
"Habrá que estar
muy vigilantes. Yo quiero ser optimista y pensar que las tres comunidades
autónomas se pondrán de acuerdo en un modelo de usos" |
| |
|