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SUPLEMENTO ASTURIAS  -  ENERO 2005

ASTURIAS OPINA

 EL TRIUNVIRATO DEL PARQUE NACIONAL DE LOS PICOS DE EUROPA

La sentencia reciente del Tribunal Constitucional sobre los Picos de Europa reconoce que las competencias de gestión de este enclave medio ambiental son exclusivamente de las comunidades autónomas que lo comparten. Hemos querido recoger algunas opiniones al respecto preguntando:
¿Qué repercusiones tendrá esta sentencia en la gestión de este entorno natural?

Amador Fernández
Presidente G.M. Torrecerredo
"Las Comunidades Autónomas que tienen parte de su territorio en el Parque de los Picos de Europa, hasta ahora, no demostraron ponerse de acuerdo en pequeños temas, de modo que como para ponerse de acuerdo en llevar adelante en solitario dicho Parque Nacional. La verdad es que no me fío de las Comunidades, porque me parece que van a poner como prioritarios los intereses de cada una de ellas por encima del propio Parque. Siempre vimos que la zona leonesa nunca quiso el Parque, quizá los asturianos estemos más sensibilizados con él, o por lo menos da la sensación de que se tiene otra valoración y consideración. León estuvo siempre en contra del Parque, como Cantabria, que ha sido la que más impacto medioambiental provocó, con el teleférico y las actuaciones que hicieron en Picos. Por tanto, desde mi punto de vista como montañero, no me fío de lo que puedan hacer las comunidades autónomas. Y no olvidemos que hay una población importante dentro del propio Parque, lo que eso complica mucho más la gestión que en otros lugares". ∆

"No me fío de las Comunidades, porque me parece que van a poner como prioritarios los intereses de cada una de ellas por encima del propio Parque"

Fructuoso Pontigo
Portavoz de la Coordinadora Ecoloxistas d'Asturies
"Nosotros pensamos que esa sentencia es perjudicial para los espacios naturales, incluso creemos que va a ser el final de muchos de ellos. Una vez más la justicia da la espalda al medioambiente.
Hace nueve años el Tribunal Constitucional planteaba claramente otra cosa bastante distinta a la que ahora se ha acordado, y además, las sentencias del Tribunal Constitucional no se pueden recurrir.
Las repercusiones más grandes de todo esto van a ser para el Parque de Picos de Europa, porque está gestionado por tres comunidades autónomas, y las tres vienen sometiendo al espacio a muchísimas agresiones. Asturias construyó un funicular, Castilla y León sigue consintiendo la pesca deportiva y ha hecho dos embalses en zonas próximas, y Cantabria ha aumentado el tamaño del teleférico y tiene en proyecto un segundo teleférico. Con lo cual, si hasta ahora la única limitación era la competencia estatal, el que esa competencia desaparezca, facilita las barbaridades que se vienen cometiendo habitualmente, o sea, que esto no es nuevo para nosotros.
Un Parque Nacional es un marchamo de calidad que tiene repercusiones a nivel internacional. No hay que olvidar que tanto en Asturias como en Cantabria es el lugar más visitado. Son muchos los turistas que vienen atraídos por la figura del Parque Nacional. Si esa figura se la cargan, que es lo que se pretende con esta sentencia, puede haber problemas a medio y largo plazo, porque la gente verá que ese espacio ya no es lo que era.
Con todo esto nosotros planteamos que tiene que haber otros modelos de desarrollo, que el que se nos ofrece no es de futuro, es un modelo de 'aprieta lo que puedas', pero claro, a corto plazo. Nosotros apostamos por otra forma diferente de ver los entornos, siendo conscientes de que está claro que va a haber un aprovechamiento turístico. Las infraestructuras deben generarse alrededor del Parque, no en él". ∆

"Esa sentencia es perjudicial para los espacios naturales, incluso creemos que va a ser el final de muchos de ellos"

Angel García
Alcalde de Amieva
"Me parece muy bien, porque esto fue lo que siempre defendimos y es poner las cosas en su sitio. El Estado no puede emitir decretos, como había venido sucediendo, haciendo una competencia desleal de unas autonomías contra otras. No se puede negociar con Cataluña que en la gestión del Parque de Aigüestortes tenga competencia exclusiva la autonomía y después, en otras autonomías que también tienen Parques Nacionales, decretar leyes en las que el propio Estado absorba competencias de las autonomías. Ahí hay un precedente, en cuanto a la negociación del Estado con las autonomías, que es coherente con el fallo porque está en línea con lo que el gobierno del Estado aprobó en su momento, más por apoyos políticos que por cuestiones medioambientales. Lo que es inconcebible es que en unos sitios el Estado dé prebendas a unas autonomías con el plan Rector de Uso y Gestión, y a otras les quite competencias y derechos constitucionales. Y eso es lo que estaba sucediendo. Por eso nos parece muy bien que haya habido esta sentencia del Tribunal Constitucional, dando la razón a lo que estábamos planteando. Esto supone una invitación a las autonomías, a que se pongan de acuerdo y a que se estrujen la cabeza a ver de qué forma se tienen que coordinar, bien que haya un Plan de Uso y Gestión que sea consensuado o bien que cada autonomía elabore su plan Rector de Uso y Gestión. Lógicamente el Estado tiene que estar tutelando en las competencias básicas medioambientales para que ninguna autonomía se salga de madre.
Por otra parte, sería importante que hubiese un sólo director que coordinase, aún en el caso de que se lleguen a establecer tres planes rectores de uso y gestión. No queramos fracturar más de lo que se ha fracturado el Parque hasta el momento presente". ∆

"Lo que es inconcebible es que en unos sitios el Estado dé prebendas a unas autonomías y a otras les quite competencias y derechos constitucionales"

Bernardo Fernández
Profesor de Derecho Comunitario en la Universidad de Oviedo
"La sentencia implica claramente un reconocimiento de la competencia exclusiva de las comunidades autónomas en la gestión de los Parques Nacionales. Entonces, si bien la sentencia es muy clara y relativamente sencilla de llevar a la práctica en los Parques Nacionales que extienden su territorio en una sola comunidad, plantea serias dificultades en los parques intercomunitarios. Creo que en principio, si no hay una cooperación real entre comunidades autónomas y Estado, entraña el riesgo de quebrar el principio de tratamiento homogéneo y de unidad de gestión, de un parque que en realidad se configura como una unidad medioambiental. Esto plantea una necesidad de encontrar fórmulas que concilien la gestión del Parque como un todo, porque por eso se declara Parque Nacional. Es decir, el desafío es gestionar el Parque como un todo, y conciliar eso con la coexistencia de tres comunidades autónomas que pueden mantener criterios diferentes. Creo que la sentencia hay que interpretarla en el sentido de que, en realidad, la propia unidad del Parque postula un plan de uso y gestión para todo el Parque, y en la medida de lo posible, una cogestión entre las comunidades autónomas de éste, sin perjuicio de que determinados aspectos de la gestión administrativa se pueda llevar de modo exclusivo por cada comunidad autónoma.
La ejecución normativa, el establecimiento de unas reglas, debe ser única para todo el Parque y debe estar aprobada por acuerdo de las comunidades autónomas. Y esto se puede llevar a la práctica necesariamente previo acuerdo de las comunidades autónomas en un convenio intercomunitario. Este convenio intercomunitario por ejemplo, está previsto en el Estatuto de Autonomía en el artículo 21.
En el caso de que las comunidades autónomas no lograran ponerse de acuerdo, creo que la sentencia deja claro que se trataría de un supuesto excepcional que admite la intervención de la potestad de coordinación del Estado. La vía de solución pasa por un acuerdo entre las comunidades autónomas y esa interpretación que defienda ciertamente la doctrina jurisprudencial, la doctrina del constitucional de la competencia exclusiva, pero esa competencia exclusiva debe conciliarse con el hecho de que se aplica en un territorio que está concebido como una unidad y esa unidad es algo más que la suma de las partes y por tanto, debe tener un plan de uso y gestión único; lo cual no implica uniformidad en el tratamiento del uso del espacio. El Parque Nacional de Picos de Europa no es una confederación de tres parques. Picos de Europa es un espacio que exige un acuerdo de tres comunidades autónomas en la gestión, y un acuerdo del Estado en la declaración. Al Estado le corresponde además, en el Plan Director que es una norma de ámbito estatal básico, establecer los criterios generales de protección de los parques nacionales. Ese es otro elemento que habría que explorar.
La idea central es que un Parque Nacional intercomunitario es eso, un único Parque Nacional. No es una confederación de parques, no es la suma de tres Parques Naturales de las comunidades autónomas que intentan cooperar entre sí, sino que es una unidad". ∆

"La ejecución normativa, el establecimiento de unas reglas, debe ser única para todo el Parque y debe estar aprobada por acuerdo de las comunidades autónomas"

Ignacio González
Portavoz de Los Verdes
"El caso de este Parque Nacional es muy singular, porque posiblemente sea el único que es territorialmente compartido. Nosotros lo vemos con cierta preocupación desde el punto de vista de los diferentes usos que cada comunidad autónoma estable en el trozo de territorio que le corresponde. Posiblemente necesitaríamos una alta coordinación entre las tres comunidades autónomas y establecer un instrumento de gestión compartida sobre los usos del Parque, que es muy diferente en cada territorio. León por ejemplo siempre ha hecho una apuesta importante por el tema de la caza, y Cantabria ha provocado en ocasiones polémica por el uso, y a veces sobreabuso, de la gestión desde el punto de vista turístico. No obstante, creo que tiene que haber un consorcio de servicios que agilice muchas respuestas y un instrumento de gestión tutelado por el organismo que a nivel de Estado gestiona los Parques. Una cosa es que las competencias sean nuestras y otra cosa es que tiene que haber un modelo único de gestión, que es obligatorio; por tanto, que se cree un instrumento de gestión compartido entre las tres comunidades autónomas que determine el establecimiento de recursos y servicios compartidos. Mucho nos tememos que, si no hay un modelo de gestión único, va a haber un uso bastante abusivo según el uso que cada territorio decida dar al Parque.
Desde el Estado creo que se debe haber contemplado la peculiar situación de este Parque, porque es el único territorialmente compartido, los demás están en territorios específicos. En Asturias ya sabemos cuál es la tendencia del modelo de gestión, y siempre hubo una presión por parte de la Administración para dotarlo de usos turísticos, y ahora que es gestión específica del Principado de Asturias creemos que eso va a ir a más. Hay desgraciadas experiencias en algunas comunidades autónomas de sobreactuación en términos turísticos en Parques Nacionales, y en Asturias ése es el modelo. Acordémonos de aquella propuesta que había de la autovía a Ribadesella. No era una propuesta inocente, tenía mucho que ver con la incorporación masiva de turismo al Parque Nacional de Picos de Europa. Eso va a ser un problema significativo aquí en Asturias.
Una entidad de gestión compartida que definiera los usos entre las tres comunidades yo creo que sería lo más interesante, pero claro, esta sentencia no tiene marcha atrás, a partir de ella ya no hay más que discutir. Habrá que estar muy vigilantes. Yo quiero ser optimista y pensar que las tres comunidades autónomas se pondrán de acuerdo en un modelo de usos" ∆

"Habrá que estar muy vigilantes. Yo quiero ser optimista y pensar que las tres comunidades autónomas se pondrán de acuerdo en un modelo de usos"

   

   
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Última revisión: abril 07, 2011. 
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