Revista Fusión

 Subscripción RSS

FUSION también eres tú,  por eso nos interesan tus opiniones,  tus reflexiones y tu colaboración  para construir un  mundo mejor

Recibe nuestras noticias en tu correo

 


 

NOVIEMBRE 2004

Ventana Nacional
NACIONAL

Valentín Aguilar Villuendas, abogado y Vocal de Cárceles de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (Delegación Córdoba)
Foto: APDH-A
"Se precisan más medidas educativas y sociales, y no tanto internamiento, al que el Reglamento dedica tantos artículos"


Críticas al nuevo Reglamento de la Ley del Menor

El próximo año entrará en vigor el Reglamento que desarrolla la Ley Penal del Menor y regula las acciones que deben de seguirse en los Centros de Internamiento de Menores. Una normativa que ha provocado duras críticas, ya que su dureza en ocasiones supera a la establecida en el Reglamento Penitenciario de mayores. Valentín Aguilar Villuendas, abogado y Vocal de Cárceles de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (Delegación Córdoba), nos explica los puntos más conflictivos de este Reglamento.

-Dentro de unos meses entrará en vigor el Reglamento que desarrolla la polémica Ley Penal del Menor, una normativa que habéis denunciado es "inconstitucional, ilegal y contraria a Tratados Internacionales". ¿En qué basáis vuestras críticas?
-Básicamente entendemos que el nuevo texto no respeta los derechos fundamentales y por consiguiente, es contraria a la Constitución al vulnerar, entre otros, el derecho a la integridad física y moral, a no ser sometidos a tratos degradantes, a la reeducación, al desarrollo integral de su personalidad, al derecho de defensa al no poder tener abogado sobre lo ajeno a la causa penal, a residir cerca de su familia y, en definitiva, al vulnerar el principio de igualdad, al ser tratados incluso más duramente que los mayores en demasiadas ocasiones.
Además es ilegal al vulnerar el cometido que le correspondía al Reglamento, pues según el ordenamiento jurídico español estos sólo pueden desarrollar la ley, pero nunca contradecirla ni ir contra su espíritu, como finalmente ha hecho.
Es contrario también al derecho internacional, así el nuevo Reglamento permite que los vigilantes de seguridad privados porten armas (porras de goma), y se podrán utilizar en contra de lo previsto en la ley, las porras y el aislamiento provisional. Tras el correspondiente procedimiento disciplinario se impondrá separación del grupo hasta siete días con sólo dos horas diarias al aire libre. Todo ello incumple las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad, que prohíben expresamente el portar armas en el interior del centro y "la celda oscura y las penas de aislamiento o de celda solitaria".

-¿Qué ha provocado ese endurecimiento de la norma que en ocasiones, comentáis, se asemeja al diseño establecido en el Reglamento Penitenciario para mayores de edad?
-No es sólo que se asemeje al régimen establecido para los mayores de edad, sino que muchos artículos han sido copiados literalmente de su Reglamento, llegando en ocasiones incluso a superar la dureza establecida para los mayores. Ejemplos de esta desproporcionada dureza son, entre otros, que el menor internado para el caso de muerte o enfermedad de gravedad de un familiar cercano (hijo, esposo/a...), puede solicitar que le concedan un permiso extraordinario sin que pueda exceder de cuatro días, frente a los mayores que se les permite hasta siete; la tenencia de sustancias u objetos prohibidos se consideran como muy grave para los menores con sanción de separación de tres a cinco fines de semana, frente a los mayores que se consideran como graves con un máximo de cinco días de aislamiento...
En los últimos años se ha venido legislando a galope, para cada problema concreto se establecía un remedio global. Es decir, se intentó solucionar y acallar todo rápidamente, sin reflexionar ni debatir y sin pensar que las consecuencias afectarían no sólo a algunos sino a todos los del grupo. A esta política obedece también este Reglamento -esbozado por el anterior Gobierno y ahora desenterrado- que respondía al clima social creado por algunos familiares de las víctimas de delitos violentos cometidos por menores, que en su desesperanza precisaban venganza, y exigían cambio de edad penal a los dieciséis en lugar de los actuales dieciocho años, más pena, más dureza en general. El dolor fue compartido por toda la Asociación, pero nos oponemos a identificar a todos los menores con el grupo muy reducido de menores peligrosos autores de esos hechos, así como que el dolor justifique una reacción desproporcionada, pues sino el siguiente planteamiento estaría muy cerca de, ¿por qué no la pena de muerte para los asesinos...?

-¿Creéis que se sigue insistiendo en el internamiento y el castigo porque en el fondo no se cree en la reinserción, en la reeducación del menor?
-Hoy nadie discute que la reinserción en los mayores es sólo un deseo, un ideal muy lejano de la realidad, pues las prisiones no rehabilitan. El Reglamento del Menor no parece creer demasiado en ésta, pues tres cuartas partes de su articulado hablan del internamiento siendo en su mayoría artículos sancionadores y restrictivos, y dedican una sola parte a señalar las recompensas y los créditos como mecanismo para animar al menor a desarrollarse dentro de los centros.
Nosotros apostamos por evitar la entrada del menor en Centros, especialmente en cerrados, que lejos de reinsertar, aparca el problema y lo agrava, al no poder facilitársele lo que los niños necesitan para crecer: educación y formación apropiadas. No se les puede exigir reglas y más reglas, cuando carecen de los fundamentos necesarios para entenderlas y comprenderlas en toda su extensión.

-¿Alguien se ha preocupado de profundizar en las causas por las que delinquen los jóvenes de hoy para poder poner un remedio?
-El nuevo Reglamento obliga a responder que no demasiado, pues sino el tipo de medidas adoptadas sin duda hubieran sido otras. No debemos olvidar que según los últimos estudios el 85% de los menores adolescentes juzgados en Andalucía -datos extensibles al resto de Comunidades- sufre retraso escolar, y la mayoría de ellos no están ahí ni por delitos de sangre ni sexuales. Se precisan pues más medidas educativas y sociales, y no tanto internamiento, al que el Reglamento dedica tantos artículos.

-"Rehabilita más la libertad y la educación que los centros de internamiento", comenta el Magistrado del Juzgado de Menores de Granada, Emilio Calatayud, basándose en su larga experiencia con los jóvenes y el resultado de sus innovadoras sentencias. ¿Harían falta más jueces como él?
-Desde luego, Emilio creyó y cree decididamente en la rehabilitación del menor, y por ello justamente, entre sus sanciones se recuerda la de aquel menor a quien le impuso acudir y superar el curso escolar que tan retrasado llevaba. Apostó por abrir nuevos caminos, inciertos y más difíciles, y exigir de la Administración Autonómica los medios necesarios para implantar medidas alternativas al mero internamiento, medidas que tan buenos resultados están cosechando. ∆

   

   
INDICE:   Editorial Nacional, Internacional, Entrevistas, Reportajes, Actualidad
SERVICIOS:   Suscríbete, Suscripción RSS
ESCRÍBENOS:   Publicidad, Contacta con nosotros
CONOCE FUSION:   Qué es FUSION, Han pasado por FUSION, Quince años de andadura

 
Revista Fusión.
I  Aviso Legal  I  Política de privacidad 
Última revisión: abril 07, 2011. 
FA