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¿INTIMIDAD O SEGURIDAD?
Texto: Marta Iglesias.
En el verano del 96 un tema copa los medios de comunicación: la
Ley 4/97, conocida familiarmente como En el verano del 96 un tema copa los medios de comunicación: la
Ley 4/97, conocida familiarmente como Ley de Videovigilancia. La polémica
suscitada por el derecho a la intimidad incluso en lugares públicos, vino precedida por
la venta de datos de sus abonados por parte de Telefónica. Con las reacciones de
protesta, los españoles dejamos claro que queríamos privacidad.
Pero a principios del 99 se articula la Ley. Ya se puede usar. Está aquí y pocos se han
enterado. El silencio con el que se ha colado presagia tormenta.
Dice la Constitución que "las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bajo la
dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los
derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana". Y amparándose en este
artículo nace la Ley 4/97 de Seguridad Ciudadana-Videovigilancia, que autoriza a instalar
cámaras fijas y móviles en lugares públicos, ya sean abiertos o cerrados. De nada han
valido los esfuerzos de jueces, políticos y ONGs de declarar inconstitucional tal ley. Hay
que reducir la violencia y ante ello el fin justifica los medios, aseguró el Gobierno. El
proyecto de Ley siguió adelante y el 4 de agosto de 1997 se convirtió en la Ley
Orgánica 4/97. Con nombre y apellidos. Las protestas todavía continuaron un tiempo más,
y se apagaron. Momento adecuado para poner en marcha el Reglamento que diese forma a la
Ley.
Desde el 18 de abril de este año ya existen Ley, Reglamento y cámaras autorizadas a
vigilar espacios públicos bajo la supervisión de la policía. Carteles y placas alertan
al peatón de que entra en zona de videocámaras con un radio de entre 500 y 900 metros,
aunque no hacen constar la situación concreta de las mismas. Pero, después de las
primeras críticas a la Ley, el reglamento da orden de destruir las grabaciones que
incluyan el interior de edificios cercanos y todas aquellas en las que figuren
conversaciones privadas o en las que aparezcan personas en actitudes que puedan afectar a
su intimidad. Y a título personal "toda persona que considere razonablemente que
figura en grabaciones efectuadas con videocámaras, podrá ejercer el derecho de acceso a
las mismas, mediante solicitud dirigida a la autoridad encargada de su custodia", a
cuya petición debe contestar la autoridad competente en diez días. En cualquier caso, el
reglamento establece que las cintas se destruirán en el plazo máximo de un mes, salvo
que las grabaciones tengan que ver con infracciones penales o administrativas.
Pese a lo completo del reglamento, ya hay quien levanta la voz. Salvador Rodrigo,
periodista, afirma en la revista Política que "los ciudadanos, a pesar de las
correcciones del reglamento, no podemos tener garantías de lo que harán durante un mes
las videocintas en las comisarías. El problema no es sólo quién controla a los
controladores que, como el CESID español, están absolutamente fuera del control
ciudadano, judicial, social y parlamentario. Sino también por qué hay que controlar a la
sociedad de esta perversa manera, en vez de buscar mayores garantías para el disfrute de
los derechos y libertades".
LA JUSTICIA CRÍTICA.
José Antonio Martín Pallín. Magistrado del Tribunal Supremo.
Cuando el proyecto de la Ley 4/97 flotaba en el
ambiente, Martín Pallín fue una de las voces críticas que aseguró que para conseguir
seguridad ciudadana no hace falta controlar a toda la población. Sus peros a la Ley
todavía continúan.
-¿Con qué motivo nació la Ley?
-Se trató de justificar sobre la violencia callejera. Yo creo que la Ley es
un paso más en la filosofía del orden público y de la Seguridad Ciudadana que valora
solamente el aspecto represivo, controlador y fiscalizador de la actividad ciudadana. Y
esto no me parece positivo, porque la seguridad puede mantenerse por muchos medios sin
necesidad de acudir a extremos tan drásticos como tener a toda una población sometida a
vigilancia a través de las cámaras de vídeo.
-¿Tiene constancia de que durante este tiempo en el que ha estado en vigencia
la Ley, las videocámaras hayan ayudado a resolver casos de violencia callejera?
-Yo tengo la convicción -no los datos, que sólo los puede facilitar la
policía- de que si tomamos toda la estadística criminal que se produce en España
durante un año y analizamos a su vez cuáles de estos hechos delictivos se han
investigado, perseguido o aclarado a través de la videovigilancia, creo que la cifra va a
resultar absolutamente ridícula.
-¿Cómo se conjuga la evolución de la democracia con el control policial a
través de las videocámaras?
-Bueno, pues yo creo que la democracia debe progresar sobre la base de la
seguridad, la libertad y la confianza. La seguridad es importante pero, como he dicho
antes, se puede garantizar por medios menos agresivos para la vida cotidiana de los
ciudadanos que el controlarles o fiscalizarles incluso cuando andan por las calles. Una
sociedad en la que se generalizase la vigilancia en que todas las calles y todas las zonas
de circulación, en los portales e incluso las escaleras -por supuesto sin entrar en los
domicilios-, sería un sociedad un poco histérica, y con pocas posibilidades de gozar de
los bienes que ofrece la democracia. |
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