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Tasas Judiciales de Gallardón
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La polémica norma de Gallardón efectúa una grave distinción entre l@s descendientes matrimoniales y extramatrimoniales al no considerarlos iguales ante la ley. La Fundación de Familias Monoparentales 'Isadora Duncan' alerta de que la nueva Ley de Tasas Judiciales deja sin protección a los niños y las niñas de la mayor parte de las familias monoparentales. La polémica norma del ministro Gallardón vacía de contenido el artículo 14 de la Constitución que proclama la igualdad de todos los españoles y las españolas ante la ley. La nueva legislación que regula las tasas judiciales, incurre en una grave discriminación en las exenciones previstas en su articulado. En la reclamación de alimentos para l@s hij@s sólo se exime de la tasa cuando aquélla tenga lugar dentro de un matrimonio, no pudiendo acogerse a dicha exención cuando la relación entre los progenitores haya sido de hecho -inscrita o no- y ni qué decir si se trata de una familia monoparental, en la que l@s niñ@s estén reconocid@s por ambos progenitores pero nunca haya habido relación de convivencia entre ellos. La ley ampliamente contestada en la calle por todos los sectores sociales y judiciales efectúa una grave distinción entre l@s hij@s matrimoniales y extramatrimoniales al no considerarlos iguales ante la ley. El único resquicio legal que les quedará a estos colectivos después de la entrada en vigor de la Ley 10/2012 de 20 de Noviembre, será acudir a la justicia gratuita cuando el ministerio que preside Alberto Ruiz Gallardón acabe de redactar la ley que la regulará, "ya veremos cómo les afectará, esperemos que no sea otro 'palo' más para que una gran parte de estas familias, sobre todo las que encabeza una mujer, den un paso más hacia la pobreza", señala la Fundación de Familias Monoparentales 'Isadura Duncan'. La ley ampliamente contestada en la calle por todos los sectores sociales y judiciales efectúa una grave distinción entre l@s hij@s matrimoniales y extramatrimoniales al no considerarlos iguales ante la ley, al mismo tiempo que traza una línea divisoria profundamente injusta entre una madre soltera que tenga sólo un descendiente y otra que tenga dos. La nueva normativa sólo ampara a tres supuestos de especial vulnerabilidad: a la familia numerosa, a la unidad familiar monoparental con dos hijos a cargo y a la unidad familiar de la que forme parte un menor de tres años. "Nuevo absurdo, ¿qué han querido decir los legisladores que el padre o madre con sól@ un@ hij@ mayor de tres años sí pueden dormir en la calle? Desgraciadamente sucede lo mismo con las prestaciones sociales, de las que se excluyen a las familias monoparentales con un sólo vástago", denuncia el colectivo. Cuando vivíamos en la época en que desde todos los poderes políticos, los medios de comunicación, las administraciones públicas y sobre todo desde los bancos y las cajas de ahorro nos gritaban "una vivienda con acabado de lujo en propiedad para todos", nosotras oíamos un susurro lejano que decía: "el articulo 39.2 de la CE establece que los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales estos ante la Ley, bla, bla, bla," Pues bien, ese susurro se lo ha llevado el viento y es hoy una leyenda urbana. Δ
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