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Reforma de la Ley del Menor
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Tres reformas de la Ley del Menor y un endurecimiento de penas, no han evitado las violaciones a menores ocurridas en Huelva y Córdoba. Qué pasa en nuestra sociedad para que se produzcan hechos así, se pregunta el Magistrado, especialista en menores de Jueces Para la Democracia, Luis Carlos Nieto. ![]() -Las leyes penales nunca deben ser reformadas en momentos en los que existe una fuerte conmoción social por haberse producido hechos delictivos de especial gravedad y de fuerte repercusión mediática. Las deficiencias o críticas que puedan hacerse a la ley deben ser desde una reflexión serena y profunda y por supuesto no deben centrarse en el debate sobre el endurecimiento de la norma sino también sobre la forma en la que se afronta por los juzgados el fenómeno de la delincuencia juvenil y por supuesto sobre la carencia de medios que las diferentes Administraciones ponen a disposición de la prevención del delito y la reinserción de los menores. Un endurecimiento del sistema de justicia juvenil no lo será sólo para los delitos graves sino que miméticamente se traslada al resto de los menores que están afrontando procesos de socialización muy complejos y que el endurecimiento les va a perjudicar en esas fases. Una mayor eficacia de la Ley no se consigue introduciendo sanciones más graves, pues frente a la creencia generalizada que se trasmite a la opinión pública no hay ningún dato objetivo que avale que cuanto más graves sean las sanciones mejores serán los resultados. La ley actual se aprobó en enero del año 2000 con un amplio consenso social y político para recoger los principios contenidos en la Convención de Derechos del Niño y la tradición de la justicia de menores basada en principios y objetivos educativos diferentes del derecho penal de adultos. Ha sufrido tres reformas posteriores cuyo objetivo ha sido introducir parámetros propios del derecho penal, que han endurecido de forma importante el sistema de justicia de menores y que, sin embargo, no han tenido trascendencia en la prevención de delitos posteriores. ”La indigencia de medios para la ejecución de las medidas de la justicia de menores debe incorporarse al debate, como también la galopante privatización de los Centros de reforma que cada vez aleja más la idea de servicio público en la aplicación de esas medidas”. ![]() -¿Qué responsabilidad tienen en este debate las fuerzas políticas? -Con excepciones, la mayoría de las fuerzas políticas han optado por lo que se denomina el “populismo punitivo”, planteamiento caracterizado por el endurecimiento de las leyes penales, el crecimiento de la privación de libertad y que se asienta, no tanto en la pretensión de intentar resolver los problemas de la delincuencia de menores y jóvenes con rigor, sino en el convencimiento de que la exhibición de “políticas de mano dura” suponen un caladero de votos nada despreciable. Por eso no es de extrañar que estas propuestas en clave de retribución y endurecimiento simbólico de la norma, se hagan en periodos electorales. A esto no es ajeno el tratamiento informativo que se hace de la delincuencia de menores. El tratamiento informativo de la criminalidad de menores y jóvenes es muy importante pues existe una aparente contradicción entre un mantenimiento de las cifras reales de delincuencia juvenil y el crecimiento de la preocupación general de la sociedad por la delincuencia y el miedo al delito. -Una mayoría de Jueces de menores advierten que una rebaja de la edad penal a los doce años -ahora está en catorce-, supondría un absoluto fracaso social. ¿Cuál es su opinión? -Estoy de acuerdo. Sería un fracaso social absoluto. Antes de hablar de responsabilizar penalmente a niños de 12 años deberíamos de preguntarnos qué está pasando en nuestro sistema social para que se produzcan hechos tan graves como las violaciones a niñas menores. Lo que sí se puede afirmar, es que el endurecimiento de las leyes no tiene relación con la reducción de este tipo de delitos. Por ese motivo no me parece adecuado rebajar la edad de la responsabilidad penal de los menores a 12 años, pues tampoco es cierto que la ley impida la intervención cuando el autor de un delito es un menor de 13 años. Para estos supuestos se prevé que los menores sean puestos a disposición de los servicios de protección de menores. No se niega que con los menores (incluso los de menos de 14 años) que cometan un delito haya que intervenir. Lo que debe debatirse es si esa intervención debe ser exclusivamente penal o si ha de ser fundamentalmente educativa y social. ”Evitar que la sanción penal se instale en personas que están en un periodo muy temprano de su desarrollo evolutivo es la razón de ser de la justicia de menores. Por eso, las medidas que se pueden imponer por la jurisdicción de menores deben centrarse en prevenir futuros comportamientos delictivos del menor desde el convencimiento de que la reeducación es un factor que puede contribuir a que hechos delictivos no se repitan”. ![]() -La falta de recursos para llevar a cabo la ejecución de las medidas es muy grave y está impidiendo que procesos de socialización con menores y jóvenes lleguen a buen fin. Es precisa una apuesta por un modelo educativo de las Comunidades Autónomas encargadas de la ejecución de las medidas, pues la escasez de medios hace que en muchas ocasiones no se puedan cumplir las medidas legales y llevar a cabo auténticos procesos de educación y socialización. Esta carencia hace que a veces la ciudadanía perciba una falsa ineficacia en el contenido educativo y socializador de los principios de la justicia de menores. La indigencia de medios para la ejecución de las medidas de la justicia de menores debe incorporarse al debate, como también la galopante privatización de los Centros de reforma que cada vez aleja más la idea de servicio público en la aplicación de esas medidas. Cuando se trata de intervenir con menores que han cometido un delito debe evitarse el recurso a los parámetros penales y debe apostarse por la vigencia de los valores resocializadores y educativos que, en definitiva, son la expresión de una conquista histórica en el progreso de la humanidad: sacar a los niños del derecho penal. ”Hay familias que no pueden ocuparse de sus hijos menores, que no van a la escuela, que tienen fracaso escolar o entornos sociales marginados. Todos estos problemas influyen en la delincuencia, por lo que mejorar estos entornos familiares, escolares y sociales debería de ser prioritario para evitar el delito”. ![]() -La violencia de los menores es reflejo de las relaciones de violencia que se dan en sus ámbitos personales y sociales. Una sociedad violenta puede producir que se den este tipo de hechos. Debemos de preguntarnos que estamos haciendo para que hechos de tal gravedad sucedan en nuestras sociedades. Es evidente que la aplicación de mayores sanciones penales en nada va a contribuir a erradicar esas relaciones de violencia. Sorprendentemente nos hemos instalado en una sociedad con altas cotas de violencia. Para hacer frente a esa violencia lo que no podemos es renunciar a conquistas de nuestra civilización. Sacar a los menores del ámbito del derecho penal ha sido una conquista histórica. Evitar que la sanción penal se instale en personas que están en un periodo muy temprano de su desarrollo evolutivo es la razón de ser de la justicia de menores. Por eso las medidas que se pueden imponer por la jurisdicción de menores deben centrarse en prevenir futuros comportamientos delictivos del menor desde el convencimiento que la reeducación es un factor que puede contribuir a que hechos delictivos no se repitan. El endurecimiento de las leyes puede tener un efecto simbólico en momentos de conmoción social pero no tiene relación con una disminución de los delitos -¿Qué está fallando en nuestra sociedad para que algunos adolescentes se comporten de esta manera? -Pueden ser muchos factores los que están fallando pero quizá uno muy importante es esa falta de intervención educativa y social respecto de los menores. La reclamación de una mayor intervención penal solicitando el endurecimiento de las penas a menudo esconde la incapacidad de los agentes sociales para llevar a cabo una adecuada intervención desde prismas educativos y de políticas de cohesión social. Hay familias que no pueden ocuparse de sus hijos menores, que no van a la escuela, que tienen fracaso escolar o entornos sociales marginados. Todos estos problemas influyen en la delincuencia, por lo que mejorar estos entornos familiares, escolares y sociales debería de ser prioritario para evitar el delito. Sin ocultar esta falta de intervención social con el reclamo de mayor dureza en las sanciones penales que no tiene trascendencia en la disminución del delito. Δ Luis Carlos Nieto García es Magistrado, especialista en menores y Coordinador de la Comisión de Menores de Jueces Para la Democracia.
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